CONFIDENCIALIDAD
Confidencia (viene del latín confidentia) : Revelación secreta, noticia reservada. Confianza estrecha e íntima.
ASOCIACIÓN MÉDICA MUNDIAL
Confidencia (viene del latín confidentia) : Revelación secreta, noticia reservada. Confianza estrecha e íntima.
Los médicos dentro de su ejercicio, a través de la
anamnesis, el examen físico y los estudios complementarios, conocen información
del paciente, la cual, por normal general, debe mantenerse en secreto. Desde
los tiempos de Hipócrates, con el juramento hipocrático, se viene hablando de
ella y propendiendo por su consecución.
¿Para qué sirve la Confidencialidad?
Dentro del acto médico, la confidencialidad busca:
1. AUTONOMIA
La información personal del paciente
solo le pertenece a él, y no puede ser divulgada a otros sin su consentimiento,
a menos que la ley lo disponga. Cuando el paciente brinda información personal
a cualquier persona involucrada en la atención en salud, o cuando éste personal
obtiene información del paciente a través de test médicos, las personas que
conocen la información están obligadas a mantenerla confidencial, a menos que
el individuo en cuestión les permita divulgarla. En conclusión: El paciente tiene poder sobre
su información, es dueño para decidir sobre qué hacer con ella.
2. RESPETO
Toda
persona por su condición de ser humano merece respeto, y una forma de
demostrarlo es manteniendo la privacidad; aunque cabe anotar, que en la
atención en salud, la privacidad frecuentemente se ve comprometida para
permitir el desarrollo del ejercicio médico, pero lo que se debe hacer es
evitar intrusiones innecesarias en la vida privada del paciente, siendo muy
críticos al determinar qué información personal el paciente desea mantener en
secreto y cuál está dispuesto a revelar a otros.
3. CONFIANZA
Es un componente
fundamental de la relación médico-paciente. El paciente confía en el médico
basándose en que éste último respetará las normas éticas y legales de
confidencialidad. Si el paciente piensa que su información no será mantenida en
secreto, puede llegar a ocultar o limitar su información personal, lo cual
puede obstaculizar el ejercicio médico.
ASOCIACIÓN MÉDICA MUNDIAL
El Código Internacional de Ética Médica de la Asociación
Médica Mundial (AMM) estipula que:
- Toda la información identificable del estado de salud,
condición médica, diagnóstico y tratamiento de un paciente y toda otra
información de tipo personal, debe mantenerse en secreto, incluso después de su
muerte.
- La información confidencial sólo se puede dar a conocer
si el paciente da su consentimiento explícito o si la ley prevé expresamente
eso.
- Toda información identificable del paciente debe ser protegida.
La protección de la información debe ser apropiada a la manera del
almacenamiento. Las substancias humanas que puedan proporcionar información
identificable también deben protegerse del mismo modo.
ALGUNAS EXCEPCIONES:
-
Cuando los pacientes hablan un idioma diferente al de sus médicos, se necesitan intérpretes para facilitar la comunicación.
- Los descendientes pueden tener derecho al
acceso de la información que los prevenga de los riesgos de salud una vez su
familiar ha fallecido.
- Casos previstos por la ley,
por ejemplo, informar sobre los pacientes sospechosos de maltrato infantil, los
que sufren ciertas enfermedades designadas y los que no son aptos para conducir.
- El médico puede tener el deber ético de entregar información
confidencial a otros que pudieran correr riesgo de ser perjudicados por el
paciente.
- Se puede entregar información a otro personal de salud que presta atención o a estudiantes, sólo
estrictamente en la “necesidad de conocer” el historial de salud del paciente
con el fin de brindar una atención adecuada o para los estudiantes, de aprender
a practicar la medicina, a menos que el paciente dé un consentimiento
explícito.
- Pacientes que no están capacitados para tomar sus
propias decisiones médicas
- En la atención a pacientes en custodia, el profesional
en salud no debe revelar detalles de la condición médica del paciente a las
autoridades de la prisión, sin obtener antes el consentimiento del paciente o a
menos que peligre la salud de los demás reclusos.
- Habitualmente se les informa a los familiares de una
persona fallecida la causa de su muerte, pero no revelando más de lo necesario.
OJO CRITICO
El médico basándose en las
disposiciones legales del lugar donde ejerce y el respeto por los derechos
humanos, debe considerar con ojo crítico todo requerimiento legal para violar
el secreto y asegurarse que está justificado antes de respetarlo.
Si el médico está convencido de que cumple con las
exigencias legales para revelar la información médica de un paciente, es mejor
que hable con el paciente sobre la necesidad de toda revelación antes de
hacerla y obtener su cooperación.
¿ CUÁNDO CONTAR Y A QUIÉN CONTARLE?
El médico debe determinar cuándo, así no lo exija la ley,
se justifica revelar información no autorizada, que es cuando se cree que el
daño esperado es inminente, irreversible e inevitable y que el daño va a ser
mayor que el que produce revelar la información. Se recomienda que el médico
explique al paciente que el secreto puede ser violado para su propia protección
y la de su víctima potencial, y que trate de obtener la cooperación del
paciente.
Únicamente se debe contar a quienes necesitan la información para no
verse afectados, y revelando sólo lo necesario para evitar el daño anticipado.
Aquí podrás observar un claro ejemplo de violación a la confidencialidad del paciente, y por lo tanto a su autonomía, respeto y confianza.
Tomado de: https://www.youtube.com/watch?v=DElsKWaXroM







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